Las sentencias que analizan la adecuación de las normativas autonómicas al ordenamiento jurídico se suceden. A pesar de que son muchas las cuestiones que pueden ser objeto de debate, de momento se centran en el estudio administrativo de la proporcionalidad de las medidas que incluyen las legislaciones sectoriales. De esta suerte, se ha entendido que la exigencia de excesivos requisitos en las normativas puede repercutir de forma negativa en la política económica nacional. Quizás, en virtud del artículo 149.1 regla 1ª CE, lo más adecuado es que el Estado estableciese unos criterios comunes para todo el territorio para asegurar la igualdad o, al menos, unas bases.
Sea como fuere, se ha recurrido a este criterio para estudiar si determinadas normas autonómicas son o no proporcionales y, por tanto, acordes al sistema constitucional. Ya han sido sometidas a este examen las comunidades de Canarias, Madrid, Castilla y León y Galicia. A modo de ejemplo, pueden consultarse las SSTS de 19 de diciembre de 2018 (núm. 1816/2018), de 15 de enero de 2019 (núm. 25/2019) o de 21 de octubre de 2019 (núm. 1401/2019). Todas ellas, recurren al necesario “test de necesidad y proporcionalidad” que deben superar las legislaciones sectoriales para considerarlas adecuadas. No obstante, de buen seguro estos pronunciamientos continuarán sucediéndose.