Como es sabido, el turismo, además de aportar indudables beneficios, puede generar ciertos inconvenientes. En este sentido, es especialmente perjudicial el que se ha venido a denominar como “turismo de excesos”, que se caracteriza, fundamentalmente, por el consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes por parte de los turistas y por la realización de actividades peligrosas (como el balconing). Este tipo de prácticas, si bien han supuesto un problema para todas las regiones, han generado mayores daños en aquellas zonas masificadas. En este sentido, lo cierto es que estos conflictos se han producido, de forma más acentuada, en algunas comunidades. Uno de estos territorios ha sido la Comunidad de las Islas Baleares, en la que recientemente se ha aprobado el Decreto ley 1/2020, de 17 de enero, contra el turismo de excesos para la mejora de la calidad en zonas turísticas. Como se destaca en la Exposición de Motivos de la citada norma, «año tras año han aparecido noticias relacionadas con comportamientos incívicos de jóvenes turistas que han causado una profunda inquietud en el resto de ciudadanos». Además, continúa señalando que «Algunas de las zonas afectadas por estos comportamientos incívicos se encuentran entre las declaradas zonas turísticas saturadas o maduras, las cuales se mencionan en el anexo de la aprobación definitiva de la delimitación provisional de las zonas aptas para la comercialización de estancias turísticas en viviendas de uso residencial en Mallorca».

De este modo, el anterior Decreto contempla una serie de previsiones para evitar la existencia de este tipo de prácticas peligrosas que se traducen, entre otras cuestiones, en la imposición de obligaciones para las empresas turísticas de alojamiento y para las empresas comercializadoras de estancias turísticas en viviendas (art. 3 Decreto ley 1/2020). Igualmente, para promover su cumplimiento, dispone distintas infracciones y sanciones en sus artículos 13 a 18. En suma, se trata de una medida para tratar de erradicar estas lamentables conductas que, de buen seguro, será seguida por otras comunidades.

El Decreto ley 1/2020, de 17 de enero, contra el turismo de excesos para la mejora de la calidad en zonas turísticas puede consultarse en: https://www.boe.es/ccaa/boib/2020/010/i01839-01856.pdf